Aquellas personas extranjeras de carácter extracomunitario que residen de manera legal en España pueden optar por reagrupar a sus familiares. Esto les permite residir juntos en el país de manera legal y disfrutar de ciertos beneficios.
Este tipo de trámite se realiza en régimen general y para aplicarlo se deben cumplir ciertas condiciones que detallamos a continuación. También te explicaremos toda la documentación que necesitas y resolveremos preguntas y dudas comunes con respecto al trámite de reagrupación familiar.
Requisitos para reagrupación familiar
Para poder optar por estos beneficios es imprescindible que se cumplan los requisitos que establece la normativa vigente. Por eso, los requisitos para agrupación familiar son los siguientes:
- No ser ciudadano o familiar comunitario con ciudadanía de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- El reagrupante debe haber estado residiendo durante un año como mínimo en España y tener autorización para residir por otro año mínimo.
- No tener un estado irregular dentro del territorio español.
- No tener antecedentes penales en España y en países anteriores de residencia.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves.
- Contar con asistencia sanitaria por la Seguridad Social o con un seguro privado de enfermedad.
- No tener prohibida la entrada en España ni en los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España si se ha optado por un programa de retorno voluntario.
- El reagrupado debe ser cónyuge, tener una relación análoga a la conyugal, hijo, ascendiente en primer grado o representado legal.
- Contar con medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
- Abonar la tasa por tramitación del procedimiento.
Recuerda que también hemos visto los requisitos para la reagrupación familiar para comunitarios.
Resumen: Documentos para reagrupación familiar
Para realizar el trámite es fundamental presentar los documentos para reagrupación familiar y que sea aprobada. Debes entregar el original y copias de cada uno de los documentos. La documentación exigida es la siguiente:
- Solicitud en modelo oficial EX–02 cumplimentado y firmado por el reagrupante.
- Copia del documento de identidad del reagrupante como pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción.
- Documentos que acrediten empleo o recursos económicos suficientes por parte del reagrupante.
- Documentación que acredite que se cuenta con vivienda adecuada expedido por la Comunidad Autónoma del lugar de residencia.
- Copia del documento de identidad del reagrupado como pasaporte o título de viaje.
- Documentos que acrediten los vínculos familiares o existencia de la unión de hecho o de la representación legal.
- Comprobante de contar con asistencia sanitaria
¿Dónde se solicita reagrupación familiar?
La solicitud se realiza en la Oficina de Extranjería de la provincia donde está residiendo el reagrupante. Para ello, es imprescindible contar con una cita previa que debes solicitar de manera online.
¿Se puede hacer online?
La respuesta es sí y es la mejor manera de ahorrar tiempo y lo mejor es que podrás hacerlo en cualquier momento. Para realizar este tipo de trámites por vía telemática es necesario contar con un Certificado Digital. Puedes tramitarlo por ti mismo o recurrir a un abogado que lo haga por ti.
¿Qué familiares son reagrupables?
Antes de reagrupar a un familiar, es esencial saber si reúne las condiciones que establecen las normativas. A continuación, te detallamos los familiares que pueden ser reagrupados:
Cónyuge o pareja
- Cónyuge.
- Pareja con relación análoga a la conyugal.
Hijos del residente y del cónyuge
- Hijos menores de edad.
- Hijos mayores de edad con discapacidad para proveer sus propias necesidades.
- Hijos de una de las parejas que sean menores de edad o con discapacidad para satisfacer sus propias necesidades si es mayor de edad, y cuya custodia o patria potestad sea en solitario.
Representados legales
- Representados legales menores de edad.
- Representados legales mayores de edad con discapacidad para satisfacer sus propias necesidades.
Ascendientes en primer grado
- Ascendientes mayores de 65 años a su cargo.
- Ascendientes menores de 65 años incapaces de proveer sus propias necesidades.
- Ascendientes menores de 65 años que convivían con el reagrupante en el país de origen.
¿Qué trámites tienen que hacer ellos?
Una vez que el reagrupante ha realizado el trámite de reagrupación familiar siendo español y ha sido concedida, el reagrupado tiene 2 meses para realizar una solicitud del visado. Esta gestión se realiza en la Misión Diplomática o en la Oficina Consular. Para ello debe presentar:
- Solicitud de visado por reagrupación familiar.
- Pasaporte o título de viaje válido en España con vigencia mínima de 4 meses.
- Documento que acredite los vínculos familiares y la dependencia legal.
- Certificado médico.
- Certificado de antecedentes
Es posible que también te interese informarte de otros trámites en España:
- Requisitos para solicitar permiso de residencia y trabajo por arraigo
- Requisitos para solicitar la nacionalidad española
- Requisitos para empadronarse
¿Qué es la visa de reunificación familiar?
Es una autorización para entrar y residir en el país por un plazo de días determinado, que se otorga a los familiares de extranjeros que residen legalmente en España.
¿A qué nos da derecho?
La visa te da la autorización o el derecho para acceder al territorio español y residir en él en el plazo de vigencia que tiene el visado. Esto solo comprobará tu estadía legal a España, una vez en el país lo mejor es que solicites una Tarjeta de Identidad de Extranjeros.
Esta documentación ha sido posible gracias al trabajo del autor Dr. Pablo Antonio Fernández Sánchez, Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales.
Más preguntas sobre reagrupar esposa, padres, hijos y otros familiares:
Normalmente, para este tipo de trámites surgen dudas que siempre es importante aclarar. Por eso, vamos a resolver las más frecuentes en estos casos:
¿Cuánto tarda el visado de reagrupación familiar?
El tiempo que tarda la Misión Diplomática o la Oficina Consular en conceder el visado es de 2 meses como máximo.
¿Se pueden renovar las autorizaciones de residencia temporal concedidas en virtud de reagrupación familiar?
Sí, se pueden renovar. Para ello, debes realizar los trámites de renovación antes de la fecha de caducidad y presentar los requisitos, muy similares a los entregados al solicitar la autorización por primera vez.
¿Quiénes pueden reagrupar a sus familiares?
Pueden reagrupar a sus familiares en régimen general todos aquellos residentes de España con nacionalidad extranjera. Además, no deben de tener ciudadanía de un Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de Suiza y deben contar con más de 1 año de residencia en el país.
¿Cuántas nóminas necesito para reagrupación familiar?
No hay una respuesta definitiva a esta pregunta, ya que el número de nóminas necesarias para la reagrupación familiar puede variar en función de varios factores. Algunos de los factores clave que pueden influir en el número de nóminas requeridas son el país de origen, la edad del solicitante y el número de personas a su cargo. Dicho esto, en general es aconsejable presentar al menos tres nóminas recientes al solicitar la reagrupación familiar, ya que esto podría mejorar sus posibilidades de éxito.
¿Qué duración tienen las autorizaciones de residencia temporal?
Estas autorizaciones tienen la misma duración que la vigencia de la tarjeta de residencia que tiene el reagrupante. Razón por la que al renovarla siempre se ajusta a la duración de la tarjeta del residente.
¿Cuánto cuesta una reagrupación familiar?
El reagrupante solo debe abonar una tasa por tramitación del procedimiento, que tiene un precio de 10,82 €.
¿Qué tasa debo pagar?
La tasa correspondiente al trámite de reagrupación familiar es la del modelo 790 – tasa 052.
¿El permiso de residencia por reagrupación familiar autoriza a trabajar?
Sí. Quienes poseen este permiso tienen derecho a trabajar, bien sea por cuenta ajena o propia en cualquier ocupación o sector de actividad, dentro del territorio español.
¿Se puede renovar el permiso?
Sí, se puede renovar el permiso siempre y cuando cumplas con las condiciones y requisitos. Para la renovación, los requisitos y la documentación son los mismos que para solicitar el permiso por primera vez. Sin embargo, es probable que ahora tengas que actualizar algunos documentos.
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Abogado de profesión, especialista en trámites legales y derecho financiero y tributario. Doble grado en Derecho y Administración de Empresas. Mi objetivo es ayudar a las personas a cumplir los requisitos de todos sus trámites de una manera fácil y ágil.
Gracias por tu información. Un trabajo que puede dar mucha ayuda a los extranjeros que lo necesitan que normalmente están desorientados y tienen pocos medios económicos