Estar dado de alta como autónomo y en la Seguridad Social tiene grandes beneficios, como puede ser la cobertura por accidente laboral o enfermedad. Además, en 2015 entró en vigor el paro para autónomos, uno de los privilegios con más ventajas.
Si quieres saber más sobre este aspecto, te contamos todo lo que necesitas saber sobre esta protección. Te explicamos cómo funciona, qué implica solicitarla y cómo hacer el trámite, así como los requisitos para el paro para autónomos o cese de actividad.
¿Qué es el cese de actividad de un autonomo?
Es un sistema de protección para los autónomos que, por algún motivo, no pueden seguir teniendo ingresos con la actividad que realizan. Se trata de una prestación o ayuda económica por parte de la Seguridad Social.
Esta protección para los autónomos está regulada en la Ley General de la Seguridad Social art. 327 a 343. Debes optar por esta ayuda de forma voluntaria y el cobro depende de las cotizaciones que tenga el autónomo.
¿Qué implica el cese de actividad?
En general, esto implica el cese definitivo de la actividad. Una vez realizado, ya no podrás emitir ni recibir ningún tipo de facturas, presentar declaraciones fiscales periódicas ni anotar operaciones contables.
¿Qué tipos de ceses existen?
Actualmente, están disponibles 3 tipos de cese de actividad. Puedes solicitar:
- De carácter ordinario o definitivo.
- Por suspensión de actividad.
- Para trabajadores temporales.
Requisitos para cobrar el paro un autónomo
Para aprovechar esta ayuda tienes que cumplir con los requisitos necesarios para la finalización de la actividad:
- Haber sido dado de alta como autónomo en los diferentes regímenes.
- Estar dado de alta y afiliado en la Seguridad Social.
- Estar al día con el pago de las cuotas en la Seguridad Social.
- Cotizar por el cese de ocupaciones y llevar al menos 12 meses cotizando.
- Cumplir con las causas justificadas para la extinción de la actividad.
- No tener la edad de jubilación.
- No tener ninguna situación incompatible de acuerdo al art. 342 del LGSS.
- Tener tarjeta de empleo comprometiéndose a participar en sesiones formativas.
¿Cuándo tiene derecho a paro un autónomo?
De acuerdo al artículo 331 de la Ley General de Seguridad Social, solo tienes derecho al cobro por cese de actividad si cumples con algunos de los motivos que dicha ley establece. Los justificativos generales son:
- Pérdidas económicas mayores al 10% de los ingresos durante 1 año.
- Por fuerzas mayores que no se pueden predecir ni evitar.
- Divorcio o separación matrimonial cuando el autónomo realiza funciones de ayuda familiar en el negocio de su expareja.
- Pérdida de licencia administrativa si es un requisito para realizar la ocupación y no la has perdido por razones penales.
- Violencia de género.
- Jubilación, incapacidad o muerte de la pareja titular del negocio.
La Ley también establece otros motivos adicionales para aquellos autónomos que son económicamente dependientes. Estos son los supuestos especiales para estos casos:
- Finalización del contrato, obra o servicio.
- Falta de cumplimiento grave por parte del cliente.
- Jubilación, incapacidad o muerte del cliente.
- Rescisión justificada del contrato por parte del cliente.
- Rescisión injustificada del contrato por parte del cliente.
¿Cuánto tiempo tiene que cotizar un autónomo para cobrar paro?
El período mínimo de cotización para poder solicitar el cobro es de 12 meses hasta el momento en que se produzca el paro.
¿Cuánto paga un autónomo para tener derecho a paro?
El autónomo tiene la opción de elegir diferentes niveles de cobertura, entre los cuales se incluye el cese de la actividad. El pago por la cotización es del 2,2% de la base que el trabajador haya seleccionado.
¿Cuánto paga un autónomo por cese de actividad?
Durante este período, el autónomo no debe pagar ninguna cuota a la Seguridad Social. Sin embargo, al finalizar los meses de prestación se establece un plazo para la devolución de la prestación sin intereses.
Recuerda que tenemos otros artículos relacionados con los autónomos:
- Requisitos para ser autónomo
- Requisitos para la tarifa plana para autónomos
- Requisitos para ser autónomo colaborador
- Requisitos para darse de alta como autónomo siendo extranjero comunitario
- Requisitos y pasos para hacer un ERTE
Cómo acreditar el cese de actividad de un autónomo
El cese de actividad debe estar correctamente justificado para que la prestación pueda ser aprobada. Para ello, debes presentar una declaración jurada acompañada de otros documentos que varían según el motivo del paro o el estado del autónomo.
Por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, debes presentar documentos que justifiquen la razón. En los casos económicos, se requiere también documentación fiscal.
Para los profesionales liberales colegiados se exige un certificado de cese de actividad dándose de baja del colegio o con un certificado de que no se está ejerciendo la profesión.
En los casos de jubilación o incapacidad del titular del negocio, tiene que presentar el certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Si es por muerte, se requiere el certificado del Registro Civil del fallecimiento.
¿Cuántas veces se puede dar de baja un autónomo?
Hasta 2017, solo lo podías hacer dos veces en un año. Actualmente, un autónomo se puede dar de baja hasta 3 veces en el mismo año, tal y como explica Luis Toharia Cortés.
Documentación necesaria: Qué tengo que presentar
Los documentos que tienes que presentar para poder solicitar el paro para autónomos son los siguientes:
- Solicitud de la prestación por cese de actividad
- Hoja informativa de la solicitud de prestación por cese de actividad
- Declaración jurada
- Impreso de solicitud de pago único por cese de actividad
- Hoja informativa del pago único por cese de actividad
- Memoria explicativa del pago único del cese de actividad
Trámite para solicitar el paro de autónomo: Qué, cómo y dónde
El trámite para solicitar la prestación lo debes efectuar en la Mutua donde tienes contratada la cobertura del trabajador. Por lo tanto, para realizar la solicitud, debes verificar el formulario específico que exige la Mutua.
En caso de que la cobertura sea gestionada por el INSS, el trámite se realiza en el SEPE. Para solicitarlo tienes que reunir los documentos y requisitos, y presentarlos en la Mutua o el SEPE en los próximos 30 días después del cese de actividad.
¿Se puede hacer online?
Actualmente, este trámite lo puedes hacer por Internet accediendo a la sede electrónica del SEPE. Para lo que necesitas un certificado digital, DNI electrónico o clave.
En caso de no tener ningún certificado digital, DNIe ni clave, puedes utilizar el formulario pre-solicitud. Una vez lo envías, tienes que esperar a que los gestores del SEPE llamen para confirmar la tramitación. Otra opción es solicitar una cita previa virtual y esperar que un gestor llame para procesar la solicitud.
Si quieres aligerar este trámite, puedes empezar con los requisitos para tramitar el certificado de firma electrónica.
¿Cuánto cobra de paro un autónomo?
En general, la prestación que cobrarás por paro es el 70% de la base reguladora que tiene el autónomo. Para saber la base reguladora, tienes que calcular un promedio de las bases cotizadas durante los últimos 12 meses.
¿Cuál es el máximo y mínimo de paro?
El máximo es el 175% del IPREM y esta cantidad aumenta en caso de que el trabajador tenga hijos a su cargo llegando a 200% o 225%. El tope mínimo se calcula del 80% a 107% en base a los hijos que tenga a cargo el autónomo.
¿Cuánto dura el paro?
La duración del paro depende de los meses cotizados por parte del autónomo. Esto lo puedes calcular en base a una tabla que establece la duración de la prestación de acuerdo al periodo cotizada.
Necesitas 12 meses de cotización como mínimo para poder cobrar una duración de 4 meses de prestación. Lo máximo que se considera son 48 meses de cotización y la prestación duraría 24 meses.
¿Existen otras prestaciones para autónomos?
Sí, existen otras prestaciones disponibles para autónomos y que están incluidas en las contingencias que desde el 2019 debes pagar de forma obligatoria. Gracias a ello, puedes obtener:
- Prestación por Incapacidad Permanente (IP).
- Prestación por Incapacidad Temporal (IT).
- Prestación por jubilación.
- Asistencia sanitaria.
- Maternidad, paternidad.
- Riesgo durante el embarazo y la lactancia.
- Asistencia social.
- Cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave.
- Contingencias profesionales.
- Muerte y supervivencia.
Más requisitos para autónomos
Requisitos, trámites y pensión para la jubilación anticipada para autónomos
Requisitos, trámites y condiciones para solicitar la jubilación de autónomos con 63 años
Requisitos para tramitar la jubilación activa de autónomos: condiciones, documentación y trámites
Requisitos, documentos y trámites para la jubilación de autónomos
Requisitos para ser autónomo colaborador familiar: trámites, documentos y cuotas
Abogado de profesión, especialista en trámites legales y derecho financiero y tributario. Doble grado en Derecho y Administración de Empresas. Mi objetivo es ayudar a las personas a cumplir los requisitos de todos sus trámites de una manera fácil y ágil.