Quienes se encuentran en desempleo y tienen pensado emprender tienen la alternativa de capitalizar el paro para iniciar un negocio propio.
Si esta es tu situación, y quieres aprovechar este beneficio, tienes que considerar los requisitos, documentación y procedimientos que te explicaremos.
Te ayudamos a seguir todos los pasos para hacer la solicitud y te damos respuestas a las preguntas más comunes sobre este beneficio.
Requisitos y condiciones para capitalizar el paro
Para poder cobrar el pago único o capitalizar el paro debes cumplir con una serie de condicionantes que establece la ley. En general, estos son los requisitos para capitalizar el paro:
- Ser beneficiario de una prestación contributiva y tener pendiente el pago de 3 meses en el caso de desempleo o 6 meses en el caso de cese de actividades.
- No haber cobrado el pago único en cualquiera de sus modalidades en los últimos 4 años.
- Justificar la necesidad del pago único para una inversión empresarial.
- La solicitud debe hacerse después de la resolución, en caso de haber impugnado el cese de actividades ante la jurisdicción social.
- No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo en los últimos 24 meses.
- Superar el periodo de prueba, en caso de que la cooperativa vea necesario establecerlo a los socios o socias.
Documentos que debo presentar para el pago único
Para gestionar este trámite debes hacer la solicitud del pago único. Estos son los documentos que debes recoger:
- Solicitud del pago único en formato oficial.
- Documento de identidad como DNI o pasaporte.
- NIE o TIE junto con el pasaporte en caso de extranjeros comunitarios o no comunitarios.
- Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad que se va a desarrollar y la inversión.
Aparte de estos, también se deben añadir otros documentos de acuerdo a la actividad que se pretende iniciar. A este respecto, se debe presentar la siguiente documentación en caso de:
Constitución de una entidad mercantil:
- Documento firmado por los futuros socios con:
- La identidad de todos.
- Manifestación de deseo de constituir la entidad.
- Detalles de las acciones.
- Identificación de los encargados de la dirección y gerencia.
- Función que desempeñará el solicitante.
- Documento del proyecto de Estatus Sociales con los detalles de la entidad mercantil.
Constitución de sociedad laboral o cooperativa:
- Documento firmado por los futuros socios con:
- La identidad de todos.
- Manifestación de deseo de constituir la entidad.
- Condiciones de trabajo.
- Duración del periodo de prueba si se fija.
- Documento del proyecto de Estatutos Sociales con los detalles de la sociedad o cooperativa.
Incorporación a una sociedad mercantil constituida en los últimos 12 meses:
- Documento de constitución de la empresa e inscripción en el Registro Mercantil.
- Certificación del órgano de administración de la empresa indicando:
- La persona que ha solicitado su ingreso.
- Las condiciones para el acceso como persona trabajadora por cuenta propia en la Seguridad Social.
- El valor de las acciones o participaciones.
- Fecha en que efectuará su aportación la persona solicitante.
- La identidad de los encargados de la dirección y gerencia.
- Memoria del proyecto si aún no se ha iniciado la actividad.
Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral ya constituida:
- Certificación de la cooperativa o sociedad laboral indicando:
- Que el trabajador haya solicitado el ingreso.
- Las condiciones para el ingreso:
- Las condiciones de trabajo y si se fija o no periodo de prueba.
- Importe de la aportación obligatoria y voluntaria.
- Memoria explicativa del proyecto de la actividad a realizar si aún no se ha iniciado la actividad.
Inicio de actividad autónoma
- Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar.
¿Qué es y cómo funciona?
El pago único del paro es un beneficio establecido por España para facilitar y promover el autoempleo a las personas que se encuentran desempleadas.
El beneficio consiste en conceder al desempleado el total del importe de las prestaciones pendientes en un solo pago. Solo puedes solicitar la capitalización del paro si es únicamente para una inversión empresarial.
La idea es que el desempleado pueda invertir en su trabajo como autónomo o como capital de una sociedad constituida o que se va a constituir.
Para comparar condiciones, puedes revisar los requisitos y documentación para cobrar el paro. Además, también tienes los requisitos para el paro de autónomos.
¿Dónde puedo pedirlo?
Este trámite lo realiza el SEPE, que es el organismo encargado de las políticas de empleo y gestionar las prestaciones por desempleo. Para ello, puedes acudir a una oficina de Registro Público, una oficina de prestaciones con una cita previa, utilizar un correo administrativo o desde casa de manera online.
¿Cómo pedirlo online?
Este proceso por Internet consta de dos fases:
- Primero debes solicitar el paro
- Después podrás pedir el pago único o capitalizar el paro.
Para esto necesitas contar con un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN y debes seguir los siguientes pasos:
Solicitar el paro
- Accede a la sede electrónica del SEPE desde tu dispositivo con Internet.
- Selecciona “Procedimientos y servicios”.
- Haz clic en la opción “Personas”.
- En la lista de opciones busca y selecciona “Protección por desempleo”.
- En la nueva lista elige “Solicite su prestación”.
- Entre las opciones de solicitudes haz clic en el enlace “reconocer tu prestación”. https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=prestRec0200
- Presiona sobre el botón “Iniciar reconocimiento”.
- Busca el recuadro Acceso por cl@ve en la parte derecha y selecciona el método de acceso que tienes.
- Marca la autorización para verificar los datos y haz clic en “Continuar”.
- Selecciona la opción “Reanudarlo” o “Empezar a cobrar de nuevo” si tienes derecho al paro.
- Firma la solicitud con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
Solicitar el pago único
- Accede a la sede electrónica del SEPE.
- Entre las opciones de “Procedimientos y servicios” haz clic en la opción “Personas”.
- Selecciona “Protección por desempleo” entre las opciones.
- Busca en la lista y haz clic en “Solicite su prestación”.
- Selecciona en la opción “Acceso solicitudes”.
- Elige el trámite “Solicitud de prestación contributiva”.
- Identifícate mediante tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
- Ahora sigue todos los pasos. Son 13 pantallas donde debes introducir los datos requeridos y anexar la documentación en digital.
- Finalmente, confirma la solicitud y fírmala para después descargar y guardar el archivo.
¿Qué obligaciones tengo después de recibirlo?
Una vez que sea aprobada la solicitud y recibas el importe de la prestación debes cumplir con algunas obligaciones que debes tener en cuenta. Son las siguientes:
- Después de recibir el importe tienes un mes como máximo para iniciar la actividad empresarial propuesta.
- Presentar la documentación de inicio de actividad ante el SEPE.
- Utilizar la cantidad total del pago único recibido en la inversión para trabajar como autónomo o como aportación social si es una cooperativa o sociedad.
- Si en la cooperativa se ha establecido un periodo de prueba, tienes que entregar en un mes máximo el certificado de admisión como socio estable, en caso de haber superado la prueba.
Preguntas y respuestas sobre la capitalización del paro:
Ahora responderemos a las preguntas más comunes que se presentan relacionadas con este trámite.
¿Quién puede solicitar el pago único del paro?
Puede ser solicitado por cualquier persona desempleada que cuente con una pensión retributiva de desempleo o paro definitivo de actividad laboral. Siempre que desee iniciar su propio negocio. Para ello debe cumplir con los requisitos ya mencionados.
¿Cuánto tardan en ingresar el pago único?
No existe un plazo específico establecido. Por lo general, el tiempo promedio es de un mes para recibirlo. Ya que tardan 15 días para dictar la resolución y otros 10 días para hacerla efectiva.
¿Cómo calcular el paro que me corresponde?
Si quieres hacer un cálculo de lo que te corresponde cobrar, en la resolución de la concesión del paro podrás ver el importe neto diario y los días reconocidos.
También debes tener en cuenta que la Ley establece un cobro del 70% los primeros 180 días y del 66% los siguientes días. Teniendo esto en cuenta, el método para el cálculo sería:
- Importe neto diario x 180 días = Subtotal x 70% = Total 1
- Importe neto diario x días restantes = Subtotal x 66% = Total 2
Una vez tengas los dos totales debes sumarlos para tener la cantidad total que te corresponde. En la sede electrónica del SEPE, tienes un programa de autocálculo de prestaciones que puedes utilizar.
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Abogado de profesión, especialista en trámites legales y derecho financiero y tributario. Doble grado en Derecho y Administración de Empresas. Mi objetivo es ayudar a las personas a cumplir los requisitos de todos sus trámites de una manera fácil y ágil.