Cómo solicitar la residencia por arraigo familiar: Requisitos, documentación y trámites

Muchas personas creen que, por ser familiar de un ciudadano español, es mucho más fácil conseguir la residencia. Llegan a España con esta idea y caen en situación de irregularidad por desconocer los requisitos fundamentales para vivir y trabajar legalmente en el país.

Antes de irte a vivir a España, es necesario que te informes de los diferentes tipos de mecanismos que existen para optar a la residencia española. Las leyes españolas disponen de diferentes alternativas para que un extranjero viva y trabaje de manera legal y optar finalmente por la ciudadanía.

Incluso, contemplan la concesión de permisos especiales para residir en el país bajo ciertas circunstancias excepcionales. Entre ellos se tienen los permisos de arraigo laboral, familiar y social.

Cada una de estas modalidades tiene sus propias especificaciones y dependen de la situación personal en la que te encuentres al momento de solicitarla. Por ejemplo, si eres progenitor de un niño español o eres hijo de ciudadanos españoles de origen, podrás solicitar el arraigo familiar.

Aquí te mostraremos cuáles son los requisitos para que puedas solicitar el arraigo familiar.

¿Qué es el arraigo familiar?

El arraigo familiar es una autorización temporal que otorga el gobierno para vivir y trabajar en el país. El permiso se concede bajo ciertas circunstancias excepcionales, en particular, a los extranjeros en condición de irregular. Podrás solicitarlo si eres padre o madre de un menor de edad que es ciudadano español.

También podrás obtenerla si demuestras que eres descendiente de un ciudadano español, demostrado mediante la ley de memoria histórica.

Marco legal del arraigo familiar

La aprobación del arraigo familiar se sustenta en las siguientes normativas y leyes españolas:

  • Artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000 de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
  • Artículos del 123 al 130 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
  • Instrucción DGI/SGRJ/10/2008 de autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

Derechos y beneficios del arraigo familiar

Si estás en el país de manera irregular y eres progenitor de un menor español, puedes solicitar el permiso de residencia por arraigo familiar. También lo podrás hacer si eres de ascendencia española.

Esta autorización te traerá varios beneficios:

  • Para empezar, podrás regularizar tu situación en el país. Al obtener el permiso por arraigo familiar podrás vivir legalmente en el país durante 1 año.
  • También tendrás la opción de trabajar por cuenta ajena y conseguir un contrato en alguna empresa. Incluso podrás trabajar por cuenta propia, indistintamente abras un negocio u ofrezcas tus servicios profesionales de manera independiente.
  • Tendrás los mismos derechos que un ciudadano español. Tendrás derecho a la educación, a acceder a asistencia sanitaria, al trabajo y a la Seguridad Social, entre otros beneficios.

Deberes del arraigo familiar

Con el permiso de arraigo familiar podrás vivir y trabajar tranquilamente en España. Durante el período de vigencia de este permiso, se te considera ciudadano español y debes cumplir con todas las obligaciones estipuladas.

Estos deberes incluyen: mantener una conducta intachable, acatar las leyes y tener un trabajo honesto. También debes contribuir con la economía del país a través del pago de los impuestos correspondientes.

¿Me dan el permiso de residencia por arraigo familiar?

Sí, el permiso por arraigo familiar incluye la residencia y la autorización para trabajar. Esta autorización tendrá una vigencia de 1 año. Después, podrás tramitar una modificación o incluso renovarlo en casos especiales.

Requisitos para el arraigo familiar

Para poder optar a un permiso de residencia por arraigo familiar debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar en España.
  • No ser ciudadano de la U.E., de los países firmantes del acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (EEE) ni de la Confederación Suiza.
  • No ser familiar de ciudadanos de la U.E., de países firmantes del acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (EEE) ni de Suiza.
  • No tener antecedentes penales en España, en tu país de origen u otros donde hayas residido.
  • No tener prohibida la entrada a España.
  • No tener la condición de rechazable en países con los que España tiene convenios.
  • No tener un compromiso de no retorno a España en el momento de hacer la solicitud.
  • Ser padre o madre de un niño de nacionalidad española o de un niño comunitario;
  • ser descendiente de un español de origen.

¿Quién puede solicitar el arraigo familiar? ¿En qué situaciones se puede solicitar?

Las personas que pueden solicitar el arraigo familiar son los extranjeros que sean progenitores de un menor español o comunitario. También lo pueden solicitar los descendientes de un ciudadano español de origen.

Para hacer la solicitud por ser padre o madre de un niño español o comunitario, se deben dar las siguientes situaciones:

  • En caso de tener un hijo español, no debes vivir con tu hijo, pero debes demostrar que cumples con tus obligaciones relativas a su mantenimiento. Esto incluye pagar la pensión alimentaria, hacer visitas con frecuencia y velar por su salud y educación.
  • Si tienes un hijo comunitario (hijo ciudadano de cualquier país de la Unión Europea), tampoco debéis vivir juntos. Si este fuera el caso, debes acreditar que no tienes los medios suficientes para solicitar tu tarjeta comunitaria.

Para realizar el trámite como hijo de un español de origen, debes certificar que tu padre o madre son de ascendencia española. El concepto de español de origen es aplicable en las siguientes situaciones:

  • Haber nacido en territorio español.
  • Haber sido adoptado por españoles antes de cumplir los 18 años.
  • Haber obtenido la ciudadanía mediante la ley de memoria histórica.
  • Haber nacido en España, con alguno de los padres de origen español.
  • Hijo de padres que no determinaron lugar de nacimiento, pero se presume que fue en España por ser el primer lugar conocido de residencia.

Si puedes certificar la ciudadanía de tus padres mediante alguno de los casos, podrás solicitar el arraigo familiar.

¿Qué papeles necesito para el arraigo familiar? Documentación

Para solicitar el arraigo familiar, deberás reunir los siguientes documentos:

  • Original y copia del modelo oficial EX–10 debidamente llenado y firmado.
  • Original copia del pasaporte completo, con vigencia mínima de 4 meses.
  • Certificado de carecer de antecedentes penales del país o países en los que hayas vivido durante los 5 últimos años antes de llegar a España.
  • Documentos probatorios de la existencia de la relación familiar según sea el caso.
  • Para padre o madre de un niño de nacionalidad española:
    • Certificado de nacimiento del niño que acredite el vínculo familiar y la nacionalidad española del menor.
    • Documentos que certifiquen el pago de obligaciones económicas.
  • Para hijos de padres españoles de origen:
    • Certificado de nacimiento.
    • Certificado de nacimiento del padre o madre español de origen o certificado del Registro Civil que lo acredite.
  • Documentos probatorios del pago de las tasas correspondientes (Modelo 790/052).

Recuerda que los documentos emitidos en el extranjero deben estar debidamente apostillados y legalizados antes de realizar cualquier trámite.

¿Cómo solicitar el arraigo familiar?

Para realizar este trámite, debes cumplir con todos los requisitos y reunir la documentación exigida. La solicitud de arraigo familiar la podrás realizar en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu domicilio en España.

Tienes 2 opciones para solicitar este permiso: de manera presencial o vía telemática. De manera presencial debes tener una cita previa e ir el día que te corresponda. Por vía telemática, debes tener todos tus documentos correctamente digitalizados y tener un certificado digital para acceder a la web.

¿Dónde puedo solicitarlo?

La tramitación de arraigo familiar la puedes realizar en la Oficina de Extranjería del municipio de tu residencia.

Si decides hacer el trámite de manera presencial, debes pedir una cita previa en la Sede Electrónica de Administraciones Públicas.

Para hacer el trámite online, debes acceder a la web de la Sede electrónica de Administraciones Públicas.

¿Cómo es el procedimiento?

Lo primero que debes hacer para realizar el trámite presencialmente es pedir una cita en la Sede electrónica de Administraciones Públicas. Allí, el sistema te solicitará el tipo de trámite que quieras realizar, hora y fecha de tu preferencia para ir a las oficinas. El día de la cita deberás presentarte con todos tus documentos y consignarlos.

La solicitud vía online es sencilla. Solo debes acceder a la web de la Sede electrónica de Administraciones Públicas y seguir las instrucciones del sistema.

¿Quién debe autorizarlo y de qué depende?

La institución gubernamental encargada de la concesión del arraigo familiar es la Oficina de Extranjería. Su aprobación se basa fundamentalmente en el total cumplimiento de los requisitos exigidos para cada caso. Además, debes consignar todos los documentos requeridos, sin omitir ninguno y que estén vigentes cuando los presentes.

¿Se puede hacer el trámite online?

Sí, puedes acceder a la web de la Sede electrónica de Administraciones Públicas con tu certificado digital. Es un proceso rápido y sencillo. El sistema te solicitará llenar ciertos formularios con tus datos personales y adjuntar los documentos exigidos.

¿Cuánto tarda la residencia por arraigo familiar?

Una vez hagas la solicitud, bien sea de manera presencial u online, la Oficina de Extranjería tendrá 3 meses para autorizar el arraigo familiar. Si no recibes respuesta en este tiempo, se considera que tu solicitud fue denegada.

¿Cuánto cuesta el arraigo familiar?

Para solicitar el arraigo familiar deberás pagar una tasa de impuestos cuando hagas la solicitud o 10 días hábiles después de hacerla. Este importe corresponde al Modelo 790/052 y es aproximadamente de 16 euros.

Este pago lo podrás realizar vía online en la Sede Electrónica de Administraciones Públicas. También puedes descargar el formulario en la web y realizar la liquidación en las entidades bancarias autorizadas.

Puedes ver más opciones como los requisitos del arraigo laboral o los requisitos para el arraigo social.

Renovación del arraigo familiar

El permiso por arraigo familiar tiene una vigencia de 1 año. Antes de su vencimiento, deberás solicitar nuevamente un permiso de residencia para permanecer de manera legal en el país. En este caso, no se hace una renovación del arraigo familiar, sino una solicitud diferente de residencia.

Podrás solicitar un permiso de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, o un permiso de residencia no lucrativa. En todos estos permisos, deberás cumplir igualmente con los requisitos exigidos en cuanto a la legalidad de tu trabajo, tiempo establecido o tenencia de contrato.

Si no cumples con los requisitos exigidos, puedes hacer una solicitud de prórroga del permiso por arraigo familiar. Esta prórroga solo la podrás realizar si eres padre de un menor español. No es aplicable si eres descendiente de españoles.

¿Cuánto dura la residencia del arraigo familiar?

La residencia por arraigo familiar dura 1 año. Una vez cumplido este periodo podrás realizar la solicitud de otros permisos de residencia.

¿Puedo pedir el arraigo familiar por segunda vez?

Sí, los permisos de arraigo familiar tienen una vigencia de 1 año, pero tras su vencimiento se puede solicitar una modificación de este permiso. Por ejemplo, podrás solicitar un permiso de trabajo y residencia que dura aproximadamente 2 años.

La ley también prevé que puedas solicitar una prórroga si aún no reúnes los requisitos para pedir otro tipo de permiso de residencia en el país. La prórroga sólo es posible en los casos de padres de niños con la ciudadanía española.

Si esta renovación ha sido denegada o no puedes acceder a otros tipos de permisos, puedes tramitar la autorización de arraigo familiar por segunda vez. Para ello, debes consignar nuevamente todos los documentos exigidos, así como un informe de esfuerzo de integración.

¿Cómo puedo renovarlo?

No existe una renovación como tal del permiso de arraigo familiar. Puedes modificar este permiso mediante la solicitud de un permiso inicial de trabajo por cuenta propia o ajena. También tienes la opción de solicitar una prórroga de tu arraigo familiar. En este caso, debes acreditar que no reúnes los requisitos para otro tipo de residencia.

Dudas y preguntas sobre el arraigo familiar

Si eres extranjero con lazos consanguíneos con ciudadanos españoles, es posible que puedas optar a un permiso legal de residencia en el país. No obstante, debes cumplir con ciertos requisitos que te permitirán acceder a este permiso de manera más sencilla y rápida.

Uno de estos permisos es el arraigo familiar que podrás obtener si tienes un hijo español o eres hijo de un español de origen. Esta guía te ofrece la información necesaria para que puedas realizar este trámite sin inconvenientes. Si aún tienes dudas, revisa las siguientes preguntas y obtén más detalles.

¿Qué pasa si me deniegan el arraigo familiar?

Si tu solicitud de arraigo familiar ha sido denegada, significa que continuarás en el país de manera ilegal. Para evitar esto, podrás presentar un Recurso de reposición por vía administrativa o un Recurso Contencioso Administrativo.

¿Qué es el arraigo familiar por circunstancias excepcionales?

El arraigo familiar es una autorización que otorga el gobierno español a ciudadanos extranjeros para poder vivir y trabajar en el país. Se considera un permiso por circunstancias excepcionales porque contempla situaciones especiales para su otorgamiento.
En el caso del arraigo familiar, se concede a los padres de niños con ciudadanía española o comunitarios, y a hijos de padres de origen español.

¿Me darán la tarjeta de residencia por arraigo familiar?

Sí, el permiso por arraigo familiar incluye un permiso de residencia y trabajo.

Después del arraigo, ¿Qué otros permisos puedo pedir para residir en España?     

Una vez venza el permiso de arraigo familiar, podrás solicitar los siguientes permisos de residencia y trabajo:

  • Permiso de trabajo por cuenta ajena: Deberás demostrar que has trabajo de manera legal por un tiempo determinado.
  • Permiso de trabajo por cuenta propia: Si has creado por tu propia empresa u ofrecido tus servicios profesionales de manera independiente.
  • Residencia no lucrativa: Debes demostrar que tienes los recursos económicos suficientes para mantenerte a ti y a tu hijo, sin haber trabajado o contar con un trabajo a futuro.

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